La lucha contra el cambio climático es, sin duda, uno de los objetivos prioritarios de las sociedades actuales. Fenómenos climáticos extremos, como la reciente DANA que impactó de forma devastadora la provincia de Valencia, no son simples avisos, son la evidencia de las consecuencias a las que se enfrenta el planeta si sus habitantes no somos capaces de detener el calentamiento global.
Reducir la huella ambiental de las actividades empresariales, tanto en el ámbito de las emisiones de CO2 como en la gestión de residuos, es una de las vías más directas con las que contamos para detener una peligrosa deriva climática. Pero es difícil que los agentes económicos puedan encauzar las políticas necesarias para lograrlo a tiempo por sí solos. Y ahí es donde intervienen las distintas administraciones públicas con un instrumento que puede ayudar a acelerar esa necesaria descarbonización de la economía: la fiscalidad ambiental.
¿Qué es la fiscalidad ambiental y cómo afecta a las empresas?
El Marco Estadístico Europeo, desarrollado conjuntamente por Eurostat, la Comisión Europea, la OCDE y la Agencia Internacional de la Energía (AIE) en 1997, define los impuestos medioambientales como «aquellos cuya base imponible es una unidad física, o similar, de algún material con impacto negativo, comprobado y específico sobre el medio ambiente».
La fiscalidad verde aporta una serie de beneficios a las empresas. Entre ellos, que internaliza las externalidades negativas, promueve el ahorro energético y la utilización de fuentes renovables, desincentiva comportamientos poco sostenibles o estimula la innovación en sostenibilidad. Además, permite recaudar dinero para el Estado, ingresos que pueden ser revertidos en políticas medioambientales y/o en la reducción de otros impuestos.
En España, los impuestos ambientales alcanzaron los 22.880 millones de euros en 2023, lo que supuso un 10,7% más que en el año anterior. Esta cifra representó el 6,5% del total de impuestos recaudados.
La fiscalidad ambiental afecta a las empresas en una doble dirección:
- Incentivos fiscales. Para aquellas compañías que acrediten una mejora de sus desempeños ambientales, por ejemplo, en cuanto a emisiones EGI o generación de residuos.
- Tributos medioambientales. Son impuestos especiales que gravan determinadas actividades susceptibles de perjudicar al medio ambiente, por ejemplo, el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.
Un impuesto que, sin ser estrictamente medioambiental, tiene un efecto directo en los comportamientos ambientales de las empresas es el recientemente prorrogado para 2025 impuesto a las compañías energéticas. Este tributo grava un 1,2% la facturación obtenida en aquellas empresas energéticas con ingresos superiores a 1.000 millones de euros excluyendo los negocios regulados y actividades fuera de España y extra peninsulares. El impuesto cuenta con una bonificación máxima del 60% para aquellas empresas que realicen inversiones estratégicas que sean “esenciales” para la transición ecológica y la descarbonización, una circunstancia que lo vincula directamente al medioambiente.
Se trata de un impuesto, muy criticado por el sector ya que, entre otras cosas, no hace distinción entre la naturaleza del origen de la energía producida (renovable o derivada de energías fósiles), sino que solo atiende al volumen del negocio total. Esto, paradójicamente, podría perjudicar la expansión de las renovables, ya que podría retraer a las empresas de invertir en nuevos proyectos asociados estas tecnologías para no incrementar su cuenta impositiva.
Principales impuestos ambientales que deben conocer las empresas
En España se aplican diferentes impuestos que pueden catalogarse como medioambientales. El listado que publica la Agencia Tributaria incluye:
Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica
Se trata de un tributo medioambiental directo y real que grava la realización de las actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, a través de las instalaciones referidas en la Ley del Sector Eléctrico. El impuesto se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica
El impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de la energía nucleoeléctrica es un tributo de carácter directo y naturaleza real. Están obligados al pago de este impuesto quienes produzcan combustible nuclear gastado resultante de cada reactor nuclear o residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica en la explotación de instalaciones nucleares.
Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas
De aplicación en todo el territorio español, el hecho imponible de este tributo es la actividad de almacenamiento, estando exentas del Impuesto el procedente de actividades médicas o científicas. Están obligados al pago de este impuesto los titulares de las instalaciones centralizadas en las que se realice el almacenamiento de combustible nuclear gastado y de residuos radiactivos procedentes de diversas instalaciones u orígenes.
Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados
El Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados es un tributo de carácter directo y naturaleza real que grava el valor de los productos de dominio público (gas, petróleo y condensados) extraídos en territorio español, una vez realizado el primer tratamiento de depuración y separación de los mismos.
Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero
El Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo, en territorio español, de los gases fluorados de efecto invernadero incluidos en su ámbito objetivo y de las mezclas que los contengan.
También son impuestos medioambientales dos tributos estatales de reciente creación vinculados a los residuos, ambos introducidos por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (LRSC). Se trata de:
Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
Regulado en los artículos 67 a 83 de la citada norma, este impuesto indirecto grava la utilización de determinados envases de plástico no reutilizables en todo el territorio nacional, tanto si se presentan vacíos, como si lo hacen conteniendo mercancías. Están sujetas al impuesto la fabricación, la adquisición intracomunitaria o la importación de los productos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, y sus contribuyentes son las personas físicas o jurídicas que realicen estas actividades.
En concreto, los envases gravados por este impuesto son:
a) Envases no reutilizables que contengan plástico (todo tipo de envases, alimentarios, comerciales, industriales…).
Se considera envase a «todos aquellos artículos diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías». Y, más específicamente, se habla de envases no reutilizables cuando estos «no han sido concebidos, diseñados y comercializados para realizar múltiples circuitos o rotaciones a lo largo de su ciclo de vida, así como para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fueron diseñados».
b) Productos plásticos semielaborados, como las preformas o las láminas de termoplástico, destinados a la obtención de los envases definidos en el apartado anterior.
c) Productos de plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de los envases del primer apartado.
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Regulado por la misma ley en sus artículos 84 y siguientes, su hecho imponible es la entrega de residuos para su eliminación en vertederos y también para su eliminación o valorización energética en instalaciones de incineración o coincineración autorizadas. Su base imponible se calcula en función del peso en toneladas del residuo depositado en el vertedero, incinerado o coincinerado, y sus contribuyentes son las personas físicas o jurídicas que entreguen el residuo a la instalación de vertido, incineración o de coincineración.
Beneficios fiscales para empresas comprometidas con el medio ambiente
Los incentivos fiscales pueden ser una eficiente palanca para provocar un cambio de política de los agentes económicos hacia modelos más sostenibles y circulares. Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), señaló, en junio de 2024, durante la presentación del estudio Fiscalidad ambiental en España, elaborado por el Consejo General de Economistas de España (CGE), que estos pueden articularse en forma de «aplicación de libertad de amortización o deducciones por inversiones en el Impuesto sobre Sociedades o, en el caso de empresarios y profesionales, en el IRPF, cuando los elementos del activo adquiridos contribuyan a mejorar el medioambiente o a disminuir la contaminación».
Los principales incentivos fiscales existentes en España se presentan en forma de:
- Deducciones en el Impuesto de Sociedades por inversiones en tecnologías limpias, energías renovables o proyectos que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero.
- Bonificaciones fiscales (en impuestos nacionales o de las CC.AA) a aquellas empresas que mejoren la eficiencia energética de sus instalaciones, ya sea mediante la implementación de sistemas de ahorro energético o a través de la utilización de energías renovables.
- En algunas comunidades autónomas, reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a aquellas empresas que obtengan certificaciones ambientales o que adopten planes de gestión de residuos.
- Bonificaciones de hasta el 95% en impuestos locales gestionados por los ayuntamientos como el ICIO o hasta el 50% de IBI por la construcción de instalaciones de autoconsumo energético.
Cómo cumplir con la normativa de fiscalidad ambiental en España
Cumplir con la fiscalidad ambiental es una cuestión clave para las compañías en un contexto en el que el medio ambiente ocupa una posición central en el debate social y político. Y es que incurrir en incumplimientos en esta materia no solo expone a las empresas a sufrir fuertes sanciones, sino que también puede repercutir de forma muy negativa en su reputación e imagen pública.
Algunas de las estrategias para asegurarse de que la empresa cumple con la normativa fiscal ambiental son:
- Identificar los impuestos aplicables, tanto a nivel estatal como autonómico.
- Auditorías ambientales. Realizar con periodicidad un escrutinio completo del desempeño ambiental de la empresa puede ser un eficaz sistema de alarma que permita adoptar medidas correctoras para que la carga impositiva por estos conceptos sea menor.
- Implantación de un Sistema de Gestión Ambiental, como los basados en la ISO 14.001. Por la misma razón de tratar de reducir los comportamientos contaminantes y disminuir así la carga impositiva.
- Cumplimiento normativo. Se trata de tener a un especialista en plantilla dedicado en exclusiva al seguimiento y vigilancia de la fiscalidad ambiental dentro de la empresa, o bien de contratar asesoramiento externo en la materia.
Estrategias para reducir la carga fiscal a través de prácticas sostenibles
Las prácticas sostenibles pueden aportar interesantes ahorros a las empresas. Por un lado, reduciendo la carga impositiva que provocan determinadas actividades, por otro lado, a través de los incentivos y bonificaciones que pueden obtener las compañías mediante la implementación de sistemas energéticos limpios, adquisición de vehículos eléctricos, etc. Las empresas que optimizan su fiscalidad ambiental a través de estas estrategias en la gestión de la fiscalidad verde.
Incentivos fiscales para la adopción de energías renovables en empresas
En el caso particular de las energías renovables, las compañías que las implementen pueden beneficiarse de ventajas fiscales como:
- Paneles solares. Las empresas que instalan paneles solares en sus instalaciones pueden deducirse hasta un el 5% del coste de la instalación en el Impuesto de Sociedades hasta un máximo de 500.000 euros. La deducción es de aplicación sobre el coste total de la instalación.
- Parques eólicos. De igual forma, las empresas que invierten en parques eólicos pueden deducirse hasta un 20% de la inversión en el Impuesto sobre Sociedades.
- La generación de energía a partir de biomasa permite deducir hasta el 25% de la inversión en el Impuesto sobre Sociedades.
Obligaciones legales en materia de fiscalidad ambiental para las empresas
Las dos principales obligaciones que las empresas asumen en materia de fiscalidad ambiental son:
- Declarar de manera rigurosa, en forma y tiempo ante el organismo pertinente las cantidades objetos de los diferentes impuestos (emisiones, residuos, energía, etc.).
- Pagar los impuestos que les correspondan en forma y tiempo.