Ha sido una larga travesía, pero, por fin, el Consejo de Ministros remitió, el pasado 18 de mayo, a las Cortes el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. La futura Ley, que reemplazará a la actual normativa sobre esta materia, que data de 2011, completa así un proceso de sucesivas revisiones que arrancó en junio del año pasado, cuando se publicó el borrador del Anteproyecto de Ley que ha servido de base para el texto definitivo.
La nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados se amolda por un lado, a las directivas europeas en relación a la Economía Circular y los plásticos de un solo uso, y a la propia estrategia nacional en la materia, recogida en la Estrategia Española de Economía Circular España Circular 2030.
Contenido de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados
Restricciones a algunos productos plásticos de un solo uso
A lo largo de sus 90 artículos y otras disposiciones generales, la nueva legislación sobre residuos impone restricciones a la introducción en el mercado de algunos productos plásticos de un solo uso, como los vasos para bebidas o los recipientes de alimentos para consumo inmediato. Además, se establece un impuesto que grava la comercialización de estos productos. El objetivo es alcanzar una reducción en la venta de estos artículos de un 50% en 2026 y de un 70% en 2030 en relación a 2022.
El Proyecto Ley también quiere impulsar la utilización de alternativas reutilizables o de materiales menos contaminantes para estos usos. En su articulado prohíbe específicamente la distribución gratuita de este tipo de productos a partir de 1 de enero de 2023, de manera que el agente comercializador deberá cobrar al consumidor un precio por este concepto.
La entrada en vigor de la norma afectará también a otros productos de plástico, como pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, vasos y todos los productos de plástico oxodegradable y microesferas de plástico de menos de 5 milímetros, cuya introducción en el mercado quedará prohibida. En cuanto a artículos de plástico no computado, como artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico de sujeción, también se adoptan medidas para sus sustitución por alternativas limpias.
Reducción de residuos cuantificada
La prevención de residuos ocupa otro espacio destacado en el nuevo texto legal. Por un lado, se establecen objetivos concretos y cuantifícables en cuanto al peso de los residuos producidos, que han de reducirse en un 13% en 2025 y un 15% en 2025 respecto a los generados en 2010.
Frenar el despilfarro de alimentos
También se articulan medidas para frenar el despilfarro de alimentos, con un objetivo de reducción de un 50% en los alimentos desechados per cápita. Además, se busca disminuir en un 20% las pérdidas de alimentos producidas en las cadenas de producción y suministro.
Prohibición de destrucción de excedentes
La producción de compañías fabricantes de productos no perecederos, como textiles, juguetes o aparatos eléctricos también se verá afectada por la Ley, que prohíbe de manera explicita la destrucción de excedentes no vendidos de este tipo de bienes.
Agua no envasada en bares y restaurantes
Otra de las medidas con las que la Ley quiere articular la reducción del consumo de envases es a través de la obligatoriedad de ofrecer agua no envasada de manera gratuita a los clientes en bares y restaurantes, siempre que esta sea apta para el consumo humano.
Recogida separada de residuos
Por lo que se refiere a la recogida separada y reciclado, se establece un calendario de implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para su valorización y se extiende la recogida separada a los biorresiduos domésticos, a partir de 2022.
Medidas para los productores
La responsabilidad ampliada del productor (RAP), también se ve sometida a revisión, en consonancia con la normativa comunitaria. El Artículo 37, referido a las obligaciones del productor del producto, establece, por ejemplo, la obligación de “diseñar productos y componentes de productos de manera que a lo largo de todo su ciclo de vida se reduzca su impacto ambiental y la generación de residuos”. Y más adelante, la de “desarrollar, producir, etiquetar y comercializar productos y componentes de productos aptos para usos múltiples, que contengan materiales reciclados”.
Jerarquía de prioridades
El artículo nº 8 del Proyecto de Ley introduce una jerarquía de prioridades en cuanto a las opciones de gestión de residuos. Concretamente, establece que “las autoridades competentes, en el desarrollo de las políticas y de la legislación en materia de prevención y gestión de residuos, aplicarán para conseguir el mejor resultado ambiental global, la jerarquía de residuos por el siguiente orden de prioridad”: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización (incluida la valorización energética) y eliminación. Esta última opción viene, además gravada con impuesto a la incineración, coincineración y eliminación de residuos en vertedero.
Infracciones y sanciones
El capítulo II del Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, dedicado al régimen sancionador, recuerda que “las acciones u omisiones que contravengan esta ley y sus normas de desarrollo tendrán el carácter de infracciones administrativas”, que pueden ser consideradas como leves, graves o muy graves. Entre estas últimas, se incluyen actuaciones como el abandono de la basura dispersa, ‘littering‘, el vertido o la gestión incontrolada de residuos peligrosos.
Además de las medidas sancionadoras o impositivas, el nuevo marco también prevé palancas incentivadoras desde las Administraciones, como la promoción de sistemas de pago por generación o la promoción el uso de productos reutilizables y reparables y de materiales fácilmente reciclables.
Una vez remitido a las Cortes, el texto legal de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados deberá someterse a debate de los grupos parlamentario para su tramitación definitiva.
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/180521-enlace-residuos.aspx